May 21, 2013

Corte Suprema Respaldo a la Ley de Arizona Para Hacer Cumplir Las Leyes de InmigraciÓn

 

La decisión de hoy de la Corte Suprema ratificando la disposición principal de la ley de inmigración S.B. 1070 de Arizona es una firme reprimenda a la administración Obama. La administración había argumentado que sus propias prioridades en el cumplimiento de la ley de inmigración deberían ser tratadas como ley de control, es decir, por encima de las determinaciones tanto del Congreso como de Arizona. Pero la decisión de la Corte significa que el presidente debe pasar por el Congreso si desea obstaculizar la capacidad de los estados para hacer cumplir las leyes de inmigración dentro de sus fronteras.

En una sentencia compartida por los ocho magistrados que participaban (la magistrada Elena Kagan se retiró del caso), la Corte halló que Arizona puede implementar su requerimiento de que las autoridades policiales hagan un “intento razonable…de determinar el estatus migratorio” de cualquier persona que retengan, detengan o arresten, si “existen sospechas razonables de que la persona es un extranjero presente de forma ilegal en Estados Unidos”. La Corte halló que otras tres disposiciones, que regulaban el registro de extranjeros, a los extranjeros ilegales en búsqueda de empleo y el arresto de personas basado en una posible expulsión, eran jurisdicción de la ley federal.

En este caso, la Corte reconoció que lo primordial de la S.B. 1070, que requiere que los agentes de policía trabajen en colaboración con el gobierno federal para determinar el estatus migratorio de aquellos que han sido retenidos o detenidos por un propósito legal, no es necesario interpretarlo como en conflicto con la ley federal. Con esta decisión, la Corte ha reafirmado el importante principio de que, por mucho que pudiera querer, el presidente Obama no puede impedir que los estados tomen medidas para hacer cumplir las leyes federales de inmigración sólo por decir que él no quiere que lo hagan.

En 1996, como parte de la ley de Responsabilidad ante el Inmigrante y de Reforma de la Inmigración Ilegal, el Congreso dejó claro que los estados conservan la autoridad inherente de cooperar en el cumplimiento de las leyes de inmigración y de complementar los recursos federales con los suyos propios. Los oficiales de policía federales son requeridos por la ley a responder siempre que los oficiales estatales o locales soliciten la verificación del estatus migratorio de un extranjero (Seguridad Interior tiene en funcionamiento una línea de atención telefónica permanente exactamente para esa finalidad). Como comentó el magistrado Anthony Kennedy en nombre de la mayoría de la Corte, “El federalismo, clave para el diseño constitucional, adopta el principio de que tanto el gobierno nacional como el estatal tienen elementos de soberanía que el otro está obligado a respetar”.

El gobierno federal tiene la autoridad exclusiva para determinar quién debe ser admitido en el país y quién debe ser deportado del país, un principio que la Corte enfatizó al declarar jurisdicción federal ciertos aspectos de la S.B. 1070.

Sin embargo, nada en las disposiciones de control de la inmigración de Arizona modifica las condiciones bajo las que alguien puede entrar o permanecer legalmente en el país. Hay quien ha argumentado que la Sección 2(B) de la S.B. 1070, que la Corte sostiene que no es de jurisdicción federal, dará como resultado el perfilado racial. Sin embargo, como reconoció Donald Verrilli, procurador general de Estados Unidos, durante una apelación oral, este caso no implicaba ninguna acusación de perfilado racial.

De hecho, la S.B. 1070 prohíbe explícitamente el perfilado racial. Particularmente, la Sección 2(B) prohíbe retenciones aleatorias para preguntar a alguien acerca de su estatus migratorio pero permite a los oficiales de policía que realicen tal indagación cuando dicho agente “legalmente para, detiene o arresta en el cumplimiento de cualquier otra ley u ordenanza de un condado, localidad o ciudad de este estado”. En otras palabras, la parada debe ser legal y basada en una sospecha de violación de alguna ley no migratoria. Si un agente de policía para, detiene o arresta de manera legítima a alguien que es sospechoso de cometer otra infracción y mientras la realiza, se desarrolla una sospecha razonable (que debe estar basada en hechos articulables y objetivos, no en una mera presunción) de que el sospechoso es un extranjero ilegal, entonces el agente de policía debe realizar “un intento razonable” de verificar o disipar esa sospecha, específicamente, al realizar un control con el gobierno federal. En pocas palabras, todo lo que la ley de Arizona requiere es que las autoridades policiales no hagan de la vista gorda a posibles violaciones de las leyes federales de inmigración mientras están investigando otras infracciones durante el desempeño de su deber.

Arizona y otros estados fronterizos soportan una carga pesadísima cuando las leyes de inmigración no se hacen cumplir a nivel federal o cuando las reglas son pasadas por alto. Y la carga es significativa. Hay más de 3,000 kilómetros de frontera suroeste, 515 de los cuales son frontera de Arizona. Las entradas ilegales y el contrabando fronterizo por parte de los “coyotes” se ha disparado sin control, con la consiguiente entrada de drogas, peligrosos criminales y gente vulnerable (que a menudo acaban como víctimas del tráfico de personas). Entre 2006 y 2010, sólo en la ciudad fronteriza de Nogales, se descubrieron 51 túneles para el contrabando de droga. Los allanamientos de morada y los secuestros son comunes en Arizona.

Los extranjeros ilegales quitan empleos a los americanos y hacen bajar los salarios. Se estima que los extranjeros ilegales constituyen el 7.4% de la población activa del estado. Para abordar estos problemas, Arizona aprobó la S.B. 1070, la ley Apoye a Nuestras Fuerzas de Orden Público y de Vecindarios Seguros. La decisión de hoy reafirmó que los estados no se encuentran sin recursos para abordar tales problemas sistémicos. Los estados no deberían tener que mendigar al gobierno federal para obtener permiso para hacer cumplir las leyes dentro de sus fronteras.

La decisión de hoy significa que la administración Obama no puede, por orden ejecutiva, impedir que los estados como Arizona participen en un proceso de verificación de la inmigración establecido por el Congreso. El presidente puede que no esté de acuerdo, pero para que su desacuerdo tenga realmente fuerza de ley, tendrá que persuadir a los miembros del Congreso, lo que supone un refrescante cambio para un presidente que ha visto conveniente hacer las cosas por su cuenta con demasiada frecuencia. Aunque algunas personas en otros países estarán descontentas con la decisión de hoy, tal y como el juez Carlos Bea afirmó en su discrepancia con la opinión del 9º Circuito (que ahora ha sido revocada), “No concedemos a los ministros de Asuntos Exteriores de otras naciones derecho a que nos acallen ”.

La versión en inglés de este artículo está en Heritage.org.